El Gobierno Nacional ha emitido el Decreto Legislativo 1474 del 29 de diciembre de 2025 , bajo el marco de una Emergencia Económica. Este decreto introduce cambios profundos en el sistema tributario colombiano para el año 2026 que usted debe conocer, ya sea para aprovechar beneficios únicos o para prepararse ante nuevas cargas fiscales.
1. Beneficios Históricos: Reducción de Sanciones e Intereses.
Esta es, sin duda, la ventana de oportunidad más importante para quienes tienen deudas pendientes con la DIAN al 31 de diciembre de 2025.
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Una tasa de interés moratoria reducida al 4,5%.
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Una reducción del 85% en las sanciones actualizadas (solo paga el 15% restante).
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Ejemplo Práctico: Si usted debe $10.000.000 de un impuesto de años anteriores y tiene $5.000.000 en sanciones e intereses acumulados, bajo este decreto podría saldar su deuda pagando los $10.000.000 de capital y solo una fracción mínima de los intereses y sanciones, ahorrándose millones de pesos.
2. Normalización Tributaria: Legalice sus Activos
Si posee bienes no declarados o pasivos que no existen en su contabilidad, el 2026 es el año para “sincerarse” con un impuesto complementario del 19%.
3. Principales Incrementos y Nuevos Impuestos para 2026
El decreto también busca aumentar el recaudo mediante el fortalecimiento de varios tributos:
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Impuesto al Patrimonio: Se amplía la base gravable. Ahora, quienes tengan un patrimonio líquido igual o superior a 40.000 UVT al 1 de enero de 2026 estarán sujetos a este impuesto. Las tarifas son progresivas y llegan hasta el 5% para los patrimonios más altos.
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IVA en Licores y Juegos Online: Los licores, vinos y similares pasan a estar gravados con una tarifa de IVA del 19%. Así mismo, los juegos de suerte y azar operados exclusivamente por internet ahora estarán gravados con IVA sobre sus ingresos brutos.
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Bienes de Lujo y Consumo: Se incrementa al 19% el impuesto nacional al consumo para vehículos de alto valor, motos de alto cilindraje, yates y aeronaves. También aumentan significativamente las tarifas para cigarrillos y tabaco.
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Sector Financiero e Hidrocarburos: Se establece una sobretasa de 15 puntos adicionales en el impuesto sobre la renta para instituciones financieras (llevando la tarifa total al 50%). Además, se crea un impuesto temporal del 1% a la extracción de hidrocarburos y carbón.
¿Cómo podemos ayudarle?
Navegar por estas nuevas normativas requiere un análisis detallado de su situación fiscal para evitar sanciones y maximizar los beneficios de ahorro. En EYP CONSULTORES somos expertos en revisoría fiscal y auditoría forense, listos para asesorarle en:
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Cálculo de beneficios por pago de deudas en mora.
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Procesos de Normalización Tributaria 2026.
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Planeación fiscal ante los nuevos umbrales del Impuesto al Patrimonio.
No deje pasar estas fechas. El futuro jurídico de estos beneficios es incierto y requiere acción inmediata.
